Puesta en marcha de la empresa
Parece mentira pero hace no demasiado tiempo no había móviles. Es más, ni siquiera había internet. Pero sí había empresas y si antes con la dificultad de acceso a cierta información se creaban empresas, ahora no hay excusas para no saber los trámites que necesitas para comenzar a emprender. Pero por si fuera poco, hay toda una red de oficinas que gratuitamente te ayudan en la creación de una empresa. Son los Puntos de Apoyo al Emprendedor o PAEs.
2. Trámites para obtener la personalidad jurídica.
Todos estos pasos se refieren a aquellas empresas que van a tener personalidad jurídica propia, esto es, las sociedades. Un autónomo no necesita casi ninguno de estos pasos.
a) Certificación negativa de nombre; esto es, que el nombre de vuestra empresa no existe ya. Se solicita en el Registro Mercantil Central.
b) Solicitud del NIF provisional en la delegación de Hacienda.
c) Aportación inicial en una oficina bancaria, con al menos el mínimo legal (recuerda, 3.000 para SL, 60.000 para SA o el fijado en los estatutos). Recuerda que existen aportaciones no dinerarias, en forma de bienes, que deberán ser descritas, registradas y valoradas por un notario.
d) Escritura pública de constitución en una notaría. Esto es, los socios aportan todos los documentos anteriores y manifiestan su intención de constituir una sociedad presentando los estatutos.
e) Pago del ITPyAJD. Este impuesto recae sobre cualquier acto jurídico documentado ante notario y este lo es. Sin embargo, las empresas están exentas aunque es un trámite que debe realizarse. Se realiza en la Consejería de Hacienda de la CCAA.
f) Inscripción de la empresa en el Registro Mercantil de la provincia.
g) Solicitud del NIF definitivo en la Agencia Tributaria.
3. Trámites para iniciar la actividad.
Diferentes son los trámites necesarios para iniciar la actividad: si se van a contratar o no trabajadores, obras en el local, etc. En este caso te hemos puesto varios botones donde podrás ver dónde se hace y qué trámites son necesarios en cada una de los organismos que se indican. ¡Clica sobre ellos!.
4. Los Puntos de Apoyo al Emprendedor (PAEs).
Los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE), son centros en los que te asesoran y prestan servicios como emprendedor, tanto en la gestación, tramitación administrativa y puesta en marcha de tu empresa, como durante los primeros años de actividad.
Los PAE pueden depender de entidades públicas o privadas, colegios profesionales, organizaciones empresariales o cámaras de comercio. El Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE) son usados por los PAE para crear empresas. El ahorro en costes y sobre todo tiempo es enorme, ya que todos los trámites se centran en un solo lugar: el PAE. En España hay miles de PAEs. No hay ciudad de cierto tamaño que no tenga uno. Estos puntos permiten realizar telemáticamente, a través del Documento Único Electrónico (DUE), los trámites de constitución y puesta en marcha de sociedades limitadas de nueva empresa (un tipo especial de SL), sociedades de responsabilidad limitada y proyectos promovidos por empresarios individuales.
4.1 Trámites para el autónomo
Los trámites iniciales para el caso del empresario individual son bastante sencillos ya que el autónomo no necesita inscribirse en el Registro Mercantil (es voluntario), ni necesita solicitar el CIF ya que facturará con su propio NIF y además, cara al pago de impuestos, tributará por IRPF y no por IS como la SA o SL. El primer paso es la declaración censal de comienzo de actividad. Incluye el alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). Se realiza antes de iniciar la actividad en la administración de Hacienda o en el PAE. Posteriormente está la afiliación y alta en el Régimen de Autónomos. Es un régimen especial de la Seguridad Social obligatorio para trabajadores por cuenta propia. Todo esto puede hacerse telemáticamente.
Además de estos pasos, deberás realizar los correspondientes en el caso de que tengas trabajadores a tu cargo o los que dependen del ayuntamiento, como en el caso que tengas un local. Todos estos trámites, tanto la solicitud de licencias en el Ayuntamiento por un lado, la solicitud del número de patronal en la Seguridad Social por otro y la comunicación de los contratos de trabajo al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se pueden realizar telemáticamente desde el PAE.
El proceso de constitución como autónomo, en principio, no tiene ningún coste. Los únicos costes a los que tendrá que hacer frente el empresario son los derivados de la cotización de las Seguridad Social.
En resumen. Si no quieres hacer tú ningún trámite, TODOS se pueden hacer en un PAE.
4.2 Trámites para la sociedad limitada (y SLNE).
En el caso de Sociedad Limitada, los trámites se complican. El emprendedor tendrá que realizar dos desplazamientos:
1. Al CADE-PAE donde le asesorarán y cumplimentarán el Documento Único Electrónico (DUE), de la misma manera que has visto en el autónomo.
2. A la Notaría, previa cita concertada a través del PAE, para el otorgamiento de la escritura de constitución.
Lo primero que debes hacer, por tanto, es acudir al PAE donde te asesorarán, antes de iniciar el procedimiento telemático, para luego hacer la reserva de la Denominación Social en el Registro Mercantil Central y además depositar el Capital Social en una cuenta bancaria de cualquier oficina a nombre de la sociedad.
El procedimiento telemático se inicia con la cumplimentación del DUE, tras lo que tendremos acudir al notario designado por el PAE para el otorgamiento de la Escritura de Constitución. El proceso continua con la solicitud en Hacienda del NIF provisional, la liquidación del ITPyAJD -también en Hacienda-, e inscripción en el Registro Mercantil Provincial, adquiriendo definitivamente personalidad jurídica.
Tras los mismos trámites que el empresario individual en el caso de contratar trabajadores o disponer de un local, el proceso finaliza con la solicitud del NIF definitivo de la sociedad. Todo el proceso es telemático y por tanto, sin necesidad de desplazamientos. Bueno, bonito y ...barato.
Ejercicio de repaso. Preguntas tipo test: