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Contabilidad e impuestos

 

2. Los tributos

Impuestos PGE 2021 ¿Qué son los impuestos? Paraisos fiscales. Origen y desarrollo

 

Muchas veces se habla impropiamente de impuestos cuando nos queremos referir a tributos. Se hace, porque de los tributos que pagamos, los más importantes son los impuestos. Pero como todos queremos hablar con propiedad, vamos a explicar que son exactamente cada uno de ellos. Llamamos tributo a todo dinero que pagamos al Estado y que vale para sufragar el gasto público y que son imprescindibles para mantener nuestro estado del bienestar. La educación, la sanidad, el alumbrado o incluso parte de la factura del agua que consumes, se paga con ellos. Dentro de los tributos, tenemos:

 

2.1 Impuestos

 

Impuestos: es una cantidad que pagamos de manera obligatoria y sin contraprestación de la administración. Puede ser directo, si pagamos por nuestro patrimonio personal (IBI) o indirecto, si pagamos por consumir o usar algo (IVA).

 

paraiso fiscal

Impuestos directos:

 

IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). Es el más importante del país y se paga por obtener algún tipo de ingresos. Se calcula sobre un porcentaje de la renta que ganan. Así, las empresas todos los meses descuentan de las nóminas la cantidad de impuesto a pagar y lo transfieren al Estado. Al final de año se hace el cálculo de si lo pagado realmente corresponde con lo que se debería haber pagado y puede salir a devolver o a ingresas. Es rarísimo que salga a cero.

IS (Impuesto sobre Sociedades). Es un impuesto que se aplica a los beneficios de las sociedades. Estas deben pagar un porcentaje fijo de sus beneficios (25%), aunque en realidad siempre es bastante menos que dicha cantidad por distintas reducciones. Normalmente es bastante inferior al IRPF.

IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles). Se tributa por tener un inmueble (casa, local, terreno). Se paga un porcentaje del llamado valor catastral (un valor estimado por el ayuntamiento). Es un impuesto municipal.

IVTM (Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica). En este caso se tributa por tener algún tipo de vehículo y se tributa sobre el tipo y cilindrada. Es también municipal.

ISD (Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones). Es el famoso impuesto autonómico en el que se tributa por heredar bienes o donar a terceros. En realidad, en la mayor parte de España solo se tributa por heredar importantes cantidades de dinero (y hay tendencia a seguir elevando el mínimo exento) o cuando se hereda de manera indirecta (primos o personas sin relación con el fallecido). Curiosamente, otros impuestos que afectan indirectamente a dichas herencias y afectan casi por igual a las distintas clases sociales, se siguen pagando, como son la plusvalía o el ITPyAJD.

ITPyAJD (Impuesto sobre Trasmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados). Son en realidad dos impuestos pero reunidos en uno. Se paga por transmitir un elemento del patrimonio o bien, un acto jurídico documentado oficialmente (lo que pagamos en notaría).

 

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Impuestos indirectos:

 

IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido). La estrella de los impuestos, pues se paga por consumir cualquier bien o servicio. Hay tres tramos en función del producto que se consume y puede ser del 4%, 10% o 21%. En muchas ocasiones se esconden subidas de impuestos cambiándole el IVA a algunos productos.

IE (Impuestos Especiales). Son impuestos que se aplican sobre bienes escasos o cuyo consumo tiene efectos negativos sobre la salud o medio ambiente. Es una forma de corregir la externalidad que producen. Algunos de estos bienes son el tabaco, el alcohol o la gasolina.

 

2.2 Tasas y contribuciones especiales

 

Tasas: es una cantidad que pagamos de manera voluntaria y con contraprestación de la administración. Por ejemplo para examinarte de la PEvAU pagarás una Tasa. Puedes optar por no examinarte y así no pagas.

Contribución especial: es una cantidad que pagamos de manera obligatoria y con contraprestación de la administración. Por ejemplo si tienes un campo y ponen alumbrado o alcantarillado, estarás obligado a pagar por ello.

 

3. El I.R.P.F.

 

Vamos a estudiar con más detalle algunos de los impuestos mencionados anteriormente. Comenzaremos con el IRPF. El IRPF grava la renta que obtienen las personas físicas, por lo que deben pagar los que cobran un salario, los empresarios individuales por los beneficios de su negocio o los inversores por sus dividendos. Se realiza entre los meses de mayo y junio y lo que se declara es siempre lo referente al año anterior.

Como norma general están exentos aquellas personas que cobran de un solo pagador menos de 22.000€ brutos anuales.

El IRPF es un impuesto de tipo progresivo en el sentido que no se paga un porcentaje fijo sino que va a aumentando a medida que crece la renta.

El cálculo de la cuota del IRPF es complejo ya que intervienen desgravaciones, mínimo exento, etc.

Por suerte, la Agencia Tributaria pone a nuestra disposición diversas herramientas como el Programa Padre, el borrador o la posibilidad de pedir cita para que nos la realicen presencialmente.

 

Es interesante que entiendas cómo funciona un impuesto progresivo por tramos. Para ello vamos a calcular la cuota íntegra de un trabajador que cobra 40.000€ de salario bruto. No es un ejemplo real ya que como hemos dicho, hay que tener en cuenta otros muchos factores.

tabla irpf

En primer lugar nos vamos al tramo más alto por el que pagaría (de 35.200 a 60.000€) y calculamos la cantidad que entra en este tramo, concretamente sería 40.000€-35.200€ = 4.800€ y sobre esta cantidad calculamos el 37%, resultando 1.776€.

Luego bajamos al siguiente tramo (de 20.200 a 35.200) y a partir de ahora pagaremos por todos los tramos. En este sería 35.200 - 20.200 = 15.000€ por su tipo correspondiente que es del 30%. El resultado se suma en la cuota calculada anteriormente.

Posteriormente vamos repitiendo el proceso en cada tramo hasta llegar al primero. La cuota tributaria será la suma de las cuotas calculadas en cada tramo.

 

4. El Impuesto sobre Sociedades

 

El Impuesto sobre Sociedades (o IS) grava los beneficios obtenidos por aquellas empresas que están constituidas como sociedades (como las limitadas o anónimas). Como ya has visto antes, el IRPF es el que pagan los empresarios individuales.

Para calcular la base imponible (la cantidad sobre la que se calcula se parte del beneficio y tras ciertos ajustes, se paga el 25% con carácter general.

 

4. El Impuesto sobre el Valor Añadido

¿Qué es el IVA?

 

El IVA es un porcentaje que se paga al adquirir un bien o servicio. El IVA posiblemente sea el impuesto más conocido por todos pues lo pagamos con cualquier consumo. Sin embargo los empresarios que también pagan el IVA por sus compras lo recuperan posteriormente, siendo el consumidor el que finalmente soporta este impuesto. Siendo así, como emprendedor sólo tendrás que gestionar este impuesto, pero esto te generará una importante carga de trabajo, pues tendrás que realizar diversos trámites.

 

chiste apretar gatillo

Hay tres tipos de IVA:

• IVA superreducido del 4%, que se aplica a alimentos muy básicos (pan, leche, huevos,...) y productos como medicinas o libros.

• IVA reducido del 10%, aplicable al resto de alimentos, vivienda o transporte.

• IVA normal del 21%, aplicable al resto de bienes y servicios.

 

También hay dos conceptos muy importantes que todo emprendedor debe conocer:

• IVA soportado: el que este paga por sus compras tales como materias primas o servicios.

• IVA repercutido: es el que la empresa ingresa por el IVA que cobra a sus clientes.

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Por un lado, el IVA repercutido que se recauda a los clientes debe ser ingresado en Hacienda, pero a su vez Hacienda debería devolverle el IVA soportado ya que el empresario no debe pagarlo y sin embargo lo ha hecho al pagar sus facturas.

 

Para simplificar, lo que se ingresa en Hacienda es la diferencia entre el repercutido y el soportado, es decir:

Ingreso periódico en Hacienda = IVA repercutido - IVA soportado

 

 

Ejercicio de repaso: el crucigrama.

 

Resuelve el siguiente crucigrama con los términos que has aprendido en este capítulo o alguno de los anteriores. ¡Demuestra lo que vales!.